TL;DR:
- Los solicitantes de la visa E-2 no necesitan un socio ni una empresa en Estados Unidos para calificar.
- El inversionista debe ser de un país con tratado y tener el control del negocio.
- Puede formarse una entidad en Estados Unidos para las operaciones comerciales, pero la propiedad extranjera puede mantenerse al 100%.
- Estructurar la inversión correctamente es fundamental para cumplir con los requisitos de la E-2.
- La orientación legal puede ayudar a manejar la documentación sobre propiedad, control y fuente de fondos.
La visa E-2 es una opción poderosa para inversionistas de países con tratado que buscan dirigir y desarrollar un negocio en Estados Unidos. Esto plantea preguntas sobre la propiedad, el control y la estructura legal.
Una preocupación común que escuchamos es: “¿Necesito un socio o una empresa en Estados Unidos para solicitarla?” La respuesta es más matizada que un simple sí o no, y aquí le explicamos por qué.
¿Qué requiere la visa E-2 ?
La Visa E-2, formalmente conocida como Visa de Inversionista por Tratado E-2, se basa en un tratado de comercio entre Estados Unidos y el país de nacionalidad del inversionista. Permite a las personas venir a Estados Unidos para desarrollar y dirigir un negocio en el que hayan realizado una inversión sustancial.
Requisitos legales fundamentales para la elegibilidad de la E-2
- El inversionista debe ser nacional de un país con tratado.
- El inversionista debe ingresar a Estados Unidos para desarrollar y dirigir el negocio.
- La inversión debe ser sustancial y estar en riesgo con el objetivo de generar una ganancia.
- El negocio debe ser una empresa comercial real y operativa.
- El inversionista debe poseer al menos el 50% de la empresa o tener control operativo a través de una posición gerencial o estructura corporativa.
- El inversionista debe poseer al menos el 50% de la empresa o tener control operativo a través de una posición gerencial o estructura corporativa.
Criterios adicionales de control que debe comprender
“Desarrollar y dirigir” no es solo una frase formal. Refleja la expectativa legal de que el inversionista participe en decisiones continuas y en el liderazgo estratégico. Los socios pasivos o silenciosos generalmente no califican.
La ley de inmigración de EE. UU. prioriza el control del inversionista, no la nacionalidad de los socios. Lo que más importa es que el inversionista por tratado dirija activamente un negocio real y viable con fondos personales en riesgo.
¿Puede ser dueño del 100% del negocio?
Sí. Un inversionista E-2 puede ser dueño del 100% de la entidad comercial en EE. UU., siempre que cumpla con todos los demás criterios de la visa. Esto a menudo sorprende a los solicitantes que asumen que las reglas migratorias de EE. UU. requieren algún tipo de participación nacional.
En realidad, la ley E-2 permite la propiedad extranjera total, siempre que el solicitante con nacionalidad del tratado mantenga el control del negocio. También debe cumplir con todas las obligaciones comerciales y de inversión.
¿Necesita establecer una empresa en EE. UU?
Aunque no necesita un socio en EE. UU., normalmente sí necesita una entidad legal en EE. UU. a través de la cual opere el negocio. Puede ser una LLC, una empresa o una estructura similar formada bajo la ley estatal.
Tipo de entidad | Descripción | Consideración E-2 |
---|---|---|
LLC (Compañía de responsabilidad limitada) | Estructura flexible con tributación directa. | La más popular para pequeños negocios. Los extranjeros pueden ser dueños del 100%. |
Corporación tipo C | Entidad con tributación directa solo para ciudadanos/residentes de EE. UU. | Puede ser requerida para financiamiento de riesgo. Puede ser totalmente extranjera. |
Corporación tipo S | Entidad con tributación directa solo para ciudadanos/residentes de EE. UU. | No está disponible para inversionistas extranjeros. |
No necesita un copropietario estadounidense, pero sí debe formar una entidad en EE. UU. para la mayoría de los modelos de negocio. Esto garantiza el cumplimiento normativo y facilita aspectos prácticos como obtener un EIN (Número de Identificación del Empleador), abrir una cuenta bancaria comercial y firmar contratos de arrendamiento.
¿Qué sucede si tiene un socio en EE. UU.?
Tener un socio en EE. UU. no es un requisito, pero sí está permitido. Si el negocio tiene varios propietarios, el solicitante E-2 debe poseer al menos el 50% o demostrar control operativo.
A continuación, se presentan algunos ejemplos de escenarios de propiedad y sus implicaciones:
100% inversionista extranjero | ¿Elegible para E-2? | Notas |
---|---|---|
100% inversionista extranjero | ✅ Sí | Cumple con las reglas E-2 si el inversionista mantiene el control. |
70% extranjero / 30% socio de EE. UU. | ✅ Sí | El inversionista tiene la mayoría. |
50% extranjero / 50% socio de EE. UU. | ✅ Sí | Sigue siendo elegible si ambos copropietarios están activos; el inversionista debe tener un rol directivo. |
40% extranjero / 60% socio de EE. UU. | ❌ No | El solicitante no tiene propiedad mayoritaria ni control. No elegible. |
El control de la propiedad puede demostrarse mediante derechos de voto, autoridad operativa en el acuerdo operativo de la Compañía de Responsabilidad Limitada, o una resolución corporativa que designe al inversionista como miembro administrador o director.
¿De dónde proviene frecuentemente la confusión?
Muchos clientes están comprensiblemente confundidos por consejos informales o suposiciones desactualizadas sobre lo que requiere el proceso E-2. Fuentes poco confiables pueden generar incertidumbre, especialmente para inversionistas comerciales primerizos.
Malentendidos comunes:
- “Necesita un ciudadano estadounidense como copropietario.”
✘ Falso. Un inversionista extranjero puede ser el único propietario. - “Debe establecer el negocio antes de presentar la solicitud.”
✔ Parcialmente cierto. El negocio debe estar lo suficientemente avanzado: cuenta bancaria con fondos, contratos firmados, operaciones iniciando; para demostrar que es real y está activo. - “Necesita que un abogado de inmigración actúe como su socio en EE. UU.”
✘ Incorrecto y potencialmente poco ético. El abogado representa sus intereses, no se convierte en accionista.
La claridad proviene de conocer los estándares legales reales, no los mitos comunitarios. Tener un socio en EE. UU. es opcional, no obligatorio. Lo importante es el control del inversionista, no el origen de la copropiedad.
¿Qué tan vital es la documentación?
Los casos E-2 requieren mucha documentación, y el éxito depende de demostrar que el inversionista cumple con los criterios de propiedad, control e inversión. Hacer esto correctamente puede determinar el resultado de su solicitud.
Ya sea que presente su solicitud mediante un Proceso Consular o cambie su estatus dentro de EE. UU., debe demostrar:
- Formación de una entidad válida en EE. UU.
- Prueba legal de propiedad y control.
- Plan de negocios con proyecciones de ingresos, gastos y creación de empleos.
- Documentación del origen de fondos (cómo obtuvo el capital de inversión).
- Evidencia de que los fondos están irrevocablemente comprometidos (“en riesgo”).
Los casos E-2 sólidos se basan en documentos claros y consistentes. Cada archivo (desde los estados financieros hasta los documentos de formación) debe demostrar que el inversionista controla el negocio, los fondos están asegurados y las operaciones están en marcha.
¿Qué hay de las franquicias?
Las franquicias son un vehículo popular para inversiones E-2, y muchas implican empresas matrices con sede en EE. UU. Sin embargo, esto no convierte a la empresa estadounidense en su “socia”. Como inversionista, usted adquiere de forma independiente los derechos de la franquicia y opera su propia entidad legal.
Las mismas reglas E-2 aplican:
- Usted es dueño de la entidad en EE. UU. que opera la franquicia.
- Usted controla las operaciones del negocio.
- Usted aporta el capital y participa directamente.
Términos legales que puede encontra
Para entender el proceso de solicitud de la E-2, es útil conocer algunos términos legales básicos utilizados por USCIS y funcionarios
Término | Definición |
---|---|
País del tratado | Un país que tiene un tratado de comercio y navegación con EE. UU. que permite la elegibilidad E-2. |
Inversión sustancial | Una cantidad suficiente para garantizar el funcionamiento exitoso del negocio, según su tipo. |
En riesgo | Una cantidad suficiente para garantizar el funcionamiento exitoso del negocio, según su tipo. |
Empresa marginal | Un negocio que no genera más que ingresos mínimos para el inversionista y sus dependientes. |
Desarrollar y dirigir | Participación activa en la gestión del negocio, no como socio pasivo o silencioso. |
Consideraciones estratégicas para la visa E-2
Aunque la ley no exige un socio en EE. UU., algunos modelos de negocio pueden beneficiarse de tener uno. Por ejemplo, un socio local puede ayudar a navegar las reglas de licencias estatales, aportar conocimiento del mercado o abrir redes locales. Solo recuerde: desde el punto de vista migratorio, el control y la propiedad por parte de un nacional del tratado deben permanecer en manos del solicitante E-2.
Para obtener una lista completa de los países del tratado elegibles y la orientación oficial sobre la E-2, consulte el Departamento de Estado de EE. UU. Ahí encontrará las actualizaciones legales y procedimentales más recientes, aunque muchos solicitantes optan por trabajar con un abogado de inmigración para manejar las complejidades.
El apoyo legal fortalece su solicitud
No necesita un socio ni copropietario estadounidense para solicitar la visa E-2. Sí necesita una estructura empresarial sólida, una nacionalidad que califique y control activo sobre la empresa. Formar una entidad en EE. UU., incluso si es de su propiedad total, es parte de lo que hace que su solicitud sea creíble.
Algunos inversionistas eligen incorporar socios estadounidenses por razones estratégicas u operativas. Sin embargo, esa es una decisión comercial, no un requisito migratorio. Lo que más importa es que usted, como solicitante nacional del tratado, permanezca al mando.
Si no está seguro de la estructura y documentación de la visa E-2, Lozano Law Firm en San Antonio, Texas, puede aclarar los requisitos de elegibilidad. Construyamos un camino que proteja su inversión y su futuro.